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Fenómeno que irrumpió en el futbol uruguayo: las SAD

Para quienes tenemos atracción por el futbol si nos mencionan la palabra SAD podríamos decir rápidamente Montevideo City Torque, Rentistas, Deportivo Maldonado, Racing Club de Montevideo, y otros tantos clubes. Ahora bien ¿qué es lo que realmente sabemos de este fenómeno que se está imponiendo en nuestro futbol?

En respuesta a esta pregunta desarrollaremos algunos conceptos, que entendemos de medular importancia, para comprender de qué se trata y cómo opera una Sociedad Anónima Deportiva (en adelante SAD).

Para comenzar haremos un resumido análisis de la Ley N° 17.292 del 25/01/2001, donde en la sección XII se regulan aspectos inherentes a esta forma jurídica. En tal sentido, cabe consignar que las SAD son una alternativa jurídica para los clubes deportivos que no opten por la forma de Asociación Civil. Si bien entendemos que no es objeto del articulo adentrarnos en aspectos registrales de las SAD, debemos tener presente que su incumplimiento podría devenir en multas, cancelación de la personería jurídica, entre otros.

En cuanto al objeto social de la SAD, será únicamente la “participación en competiciones deportivas oficiales y desarrollo de actividades deportivas”, teniendo presente que ninguna SAD podrá participar con más de un equipo en la misma categoría de competición deportiva. Cabe mencionar que podrán ser accionistas las personas físicas y personas jurídicas privadas, considerando que ninguna de ellas podrá poseer simultáneamente acciones de otra SAD cuya participación supere el 1%, siempre y cuando participen de la misma competencia. A su vez ninguna persona física que mantenga relación de dependencia con la SAD, verbigracia, los gerentes deportivos, podrán poseer acciones de otra SAD que participe en la misma competencia.

En relación a la administración de estas, estará a cargo de una Comisión Directiva conformada por no menos de cinco miembros, y un máximo de quince.

Sobre si la administración de las SAD está un escalón por encima de “antiguo” paradigma de clubes manejados por comisiones directivas y gerenciamientos, el Dr. Javier Nóblega, Director de Negocios del Montevideo City Torque, nos señaló que “el foco no debe ser puesto en la dicotomía Sociedad Civil vs SAD, sino en administración profesional/con objetivos marcados vs administración amateur/sin objetivos”. A su vez enfatizo en el concepto de que “los clubes de futbol deben gestionarse como empresas”.

Otro aspecto de suma importancia refiere a la normativa impositiva, siendo esta una de sus mayores ventajas dado que estan exoneradas de todo impuesto nacional. Esto si bien nos haría presagiar que abundarían las SAD, no fue así en una primera instancia, sino que dicha explosión se efectivizó hace aproximadamente tres años. Por ello parte del análisis se centrará en analizar el porqué de este tardío “despertar de las SAD”, así como tambien cuestiones tributarias que hacen al tema.

En esa línea traeremos a colación la Consulta de DGI N° 5.398 y la Sentencia del TCA N°301/015, donde se plantea una interesante discusión acerca de las rentas que obtiene una SAD, y si las mismas configuran el hecho generador del IRAE, por consiguiente su tributación.

Como vimos anteriormente las rentas obtenidas por “participación en competiciones deportivas oficiales y desarrollo de actividades deportivas” se encuentran exoneradas. Sin embargo cabría preguntarse si la transferencia de jugadores (uno de los principales ingresos de estas sociedades) encuadra dentro del citado objeto. En este sentido, la normativa antes mencionada concluye lo siguiente: las considera rentas comprendidas en la exoneración por quedar enmarcadas dentro del objeto, a excepción de los llamados “pase puente”. El principal fundamento que encontramos es que sería inconcebible que una entidad deportiva no se nutra de las utilidades generadas por las transferencias de jugadores para desarrollar su actividad. A la vez entendemos acertada la exclusión de los “pase puente” ya que son una especie de ficción para beneficiarse del tratamiento tributario (recordar que está operativa consiste en fichar a un jugador por un club, en el que nunca tuvo real participación, con el cometido de negociarlo a otro club evitando una mayor carga tributaria).

Otro punto interesante es el que resulta de la propiedad de los derechos económicos de los jugadores de futbol. Podríamos hacer un quiebre a fines de 2014, donde existió un cambio radical en cuanto a la titularidad de estos. Lo fundamental del tema, es que ningún tercero podrá ser titular de los derechos económicos de jugadores de futbol (ni contratista ni otros clubes, por ejemplo). Con esto se rompe el antiguo esquema en que un contratista era “dueño” de la ficha de un jugador; sin embargo esto no significa que estos actores dejen de estar ajenos al negocio. Es allí donde las SAD adquieren relativa importancia. En efecto razonemos lo siguiente: como dijimos, el contratista se vio imposibilitado de ser el “dueño” de la ficha de un jugador, pero no así de ser accionista de una SAD que sea la titular de los derechos económicos de ese jugador.

Por lo pronto parecería que las SAD son un negocio en crecimiento, basado principalmente en pilares impositivos.

Sin embargo el Dr. Javier Nóblega nos aportó una visión un poco más profunda acerca de las coyunturas que llevan al desarrollo de las SAD, destacando aspectos como la estabilidad de nuestro pais, el constante interés por parte de los distintos gobiernos de atraer inversiones extranjeras, así como tambien “la cantera inagotable de jugadores en Uruguay”. Todos estos aspectos conforman “un marco inmejorable para la inversión de fondos (sean locales o extranjeros) en clubes de futbol”.

Finalmente cabría preguntarse ¿qué aspectos podrían mejorarse para incrementar las presencias de las SAD en el futbol uruguayo? En tal sentido el propio Nóblega es bastante claro “el futbol local no es un producto atractivo” sugiriendo “un fútbol profesional más profesional (valga la redundancia), más nacional e integrador, con mayor competencia y mejor organizado”.

A nuestro entender el fenómeno de las SAD viene en constante crecimiento impulsado fundamentalmente por capitales extranjeros, y como subrayamos a lo largo del artículo, de medidas que acaparan esos capitales. Ahora tambien debemos reconocer que los cambios no se darán de un día para otro, sino que será más bien un proceso.

De todos modos no se deberá perder de vista a uno de los principales actores en este juego: el hincha de futbol. Por ello creemos de suma importancia “conquistar” a estos ya sea mediante distintas acciones, beneficios, o éxitos que hagan al mismo enorgullecerse de su club (sea SAD o Asociación Civil). De allí que reafirmamos lo mencionado por el Dr. Nóblega, en cuanto a que el éxito será una consecuencia de la gestión realizada, más que de la “envestidura” jurídica.